Lo más relevante en Gaceta Oficial
El pasado 19 de febrero de 2026 en Gaceta Oficial No. 6.990, la Asamblea Nacional publicó la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, entre los aspectos más importantes a resaltar, encontramos:
Tiene por objeto conceder una amnistía general y plena de los delitos o faltas cometidos y acaecidos en el marco de los hechos y el ámbito temporal que se indican en esta Ley, los cuales se encuentran taxativamente establecidos en el artículo 8.
Establece que sus disposiciones son de orden público e interés general.
Condiciona la amnistía a que el solicitante “esté a derecho o se ponga a derecho” una vez entre en vigencia la Ley, lo cual puede hacerse a través de un abogado cuando el solicitante esté fuera del territorio nacional.
Luego de presentada la solicitud de amnistía, la persona no podrá ser privada de libertad por los hechos previstos en esta Ley, sin embargo, deberá comparecer personalmente ante el tribunal competente a los fines del otorgamiento de la amnistía.
El otorgamiento de la la amnistía extingue de pleno derecho todas las acciones penales, disciplinarias o civiles contra las personas beneficiadas, relacionadas exclusivamente con los hechos objeto de esta Ley, cesando así cualquier medida de coerción personal, las medidas alternativas a la privación de libertad y cualquier otra medida que haya sido acordada.
Con el otorgamiento de la amnistía, se deberán eliminar de sus archivos los registros y antecedentes relacionados con los hechos objeto de amnistía.
La Ley ordena crear una Comisión Especial para el desarrollo e implementación de los mecanismos para asegurar el cumplimiento de esta Ley.
Jurisprudencia al Día
Mediante Sentencia No. 33 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 20 de febrero de 2026, estableció que, para la procedencia del vicio de silencio de pruebas, el examen de la prueba denunciada como silenciada debe ser necesario para resolver el mérito de la controversia, es decir, que la falta de apreciación de ese medio probatorio debe incidir en forma determinante en el fallo recurrido.
Consulta aquí nuestro resumen de la decisión: https://gecaconsultores.com/
El Banco Mundial publicó la encuesta anual del Women, Business and the Law (WBL), donde presentó los resultados sobre como las leyes, regulaciones y políticas influyen en las oportunidades económicas de las mujeres en el desarrollo del sector privado alrededor de 190 economías: https://wbl.worldbank.org/en/
Temas de Interés
El 19 de febrero de 2026 durante la Cumbre de Impacto IA celebrada en Nueva Delhi, India, la comunidad internacional alcanzó un consenso significativo mediante la Declaración de Nueva Delhi sobre el Impacto de la Inteligencia Artificial.
Si quieres saber cómo influye esta Declaración en la igualdad de género en el mundo del trabajo, te invitamos a leer el artículo redactado por nuestra Asociada Natalia De Paz y denominado “La encrucijada de la Inteligencia Artificial: ¿Puente o barrera para la igualdad de género en las relaciones laborales?”, donde se abordan las particularidades de este tema: https://gecaconsultores.com/
Con ocasión a la conmemoración del día de la mujer, te invitamos a leer el artículo denominado “Derechos. Justicia. Acción: Hacia la Equidad Real en el Trabajo”, donde encontrarás un trabajo conjunto de varios de miembros de nuestro equipo: Gabriel Calleja Angulo, Socio Senior Internacional; Natalia De Paz Garmendia, Asociada; Lorena Rivas Cordido Abogada Senior y Daniela Zamora Calafat, Abogada; en el cual se aborda la protección de la mujer en el ámbito laboral: https://gecaconsultores.com/
El 25 de febrero de 2026, se celebró el Comité de Recursos Humanos de Región Central de VenAmCham, presidido por nuestro Socio Senior Luis Augusto Azuaje, con ponencia de la Lic. En Psicología Silvana Campagnaro, sobre «Liderazgo consciente de alto Impacto», de igual manera, se discutieron los recientes criterios jurisprudenciales de interés laboral.
Te invitamos a leer el artículo redactado por nuestro Socio Senior Internacional Gabriel Calleja Angulo y publicado en www.infobae.com, denominado “El reto de la “Justicia Transicional” en Venezuela”:
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