Protocolo para Servicios
de Televisión en Venezuela

El estado ejerce la supervisión absoluta a través de CONATEL, garantizando que el uso del espectro y la difusión de contenidos se ajusten al bienestar social y la seguridad nacional

Habilitación

Título general para el establecimiento y explotación de redes y la prestación de servicios de telecomunicaciones

Concesión

Acto mediante el cual el Estado otorga el derecho a usar y explotar una porción determinada del espectro radioeléctrico (Televisión abierta)

Caracter personalisimo: No son objeto de venta, cesión ni herencia sin autorización previa de CONATEL

Solicitud

La solicitud debe tener anexado los recaudos exigidos por
CONATEL
Económicos – Técnicos – Legales

Iniciación

Solicitud ante la CONATEL

Subsanación

15 días hábiles para corregirla

Sustanciación

Apertura de expediente

Decisión

CONATEL 45 días continuos

Honorarios

Diagnóstico Preliminar
y Recomendaciones

Є500

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